Venta regulada de bebidas alcohólicas los domingos, solo en establecimientos registrados

Quito.- El acuerdo interministerial 1470 del 15 de junio de 2010, emitido por los ministerios del Interior y Turismo, regula de manera más efectiva la venta de bebidas alcohólicas de cualquier tipo, en establecimientos registrados como turísticos, y determinados en el artículo 5 de la Ley de Turismo.
Xavier Córdova, Viceministro de Seguridad Interna del Ministerio del Interior, explicó que con fecha 11 de junio de 2014, esta regulación fue modificada con el Acuerdo Interministerial 4425, determinando que los establecimientos registrados y autorizados a funcionar como turísticos, podrán vender bebidas alcohólicas los días domingos, con restricción de horario. En la nueva disposición se incluyen los establecimientos de comida que prestan servicios complementarios en sitios de alojamiento, hasta las 22h00.El acuerdo ministerial en el numeral 3 modifica al acuerdo anterior, firmado en el 2010. Precisó el funcionario que esta flexibilización de la norma, permite la venta de bebidas alcohólicas los días domingos.
Con ello, “se respeta las tradiciones gastronómicas de las personas, especialmente en cuanto a las manifestaciones culturales que vinculan alimentos y bebidas. Se exceptúan de la prohibición de expender bebidas alcohólicas los días domingos, a los establecimientos turísticos registrados, conforme lo determina el artículo 1 del acuerdo y con horario limitado. La resolución se da luego de varias reuniones de coordinación con el Ministerio de Turismo y las intendencias de Policía de todo el país.
“Lo que buscamos con esto es flexibilizar el acuerdo ministerial de junio 2010 y ampliar las horas de expendio de bebidas alcohólicas, justamente para que los ciudadanos y los turistas puedan disfrutar dentro de sus horas de comida de nuestra tradición culinaria”, agregó Córdova.
Control
En cuanto a los controles de los establecimientos, el funcionario manifestó que todas las intendencias del país supervisarán y verificarán que esta normativa se cumpla. Hizo un llamado a la ciudadanía para que el cumplimiento no sea solo por control sino por conciencia ciudadana para mantener la paz y la seguridad y evitar excesos en este aspecto. “Como gobierno hemos flexibilizado esta reglamentación que tiene que ver con el horario de expendio, y esperamos que la ciudadanía coopere”.
“Desde que se aplicó este control en el año 2010, hace 4 años, no hemos tenido mayores inconvenientes aseguro el Viceministro de Seguridad Interna, porque los ecuatorianos entendieron que esta medida fue tomada para brindar una real protección a sus habitantes” dijo.
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Mundial
Con motivo del inicio de la Copa Mundial de Fútbol que se realiza en Brasil, las entidades turísticas autorizadas podrán expender bebidas alcohólicas, según el horario fijado, solamente cuando sean solicitadas por los clientes para acompañar la comida.
El control de esta regulación y medida estará a cargo del Ministerio de Turismo, en coordinación con todas las Intendencias Generales y personal policial en todo el país.
Estas entidades detectarán la incorrecta emisión y utilización de los permisos correspondientes y se pondrá en conocimiento del ministerio para su inmediata revocatoria de dicha autorización.
Los horarios de estos sitios se citan a continuación:
Restaurantes hasta las 22 horas (10 de la noche)
Cafeterías hasta las 22 horas (10 de la noche)
Locales de comida rápida hasta las 22h00 (10 de la noche)
Salas de banquetes entre las (10h00 y 16h00)
Centros y Complejos de convenciones entre (10h00 y 16h00)
Marinas y muelles entre las (10h00 y las 16h00) Infografía: