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Venta regulada de bebidas alcohólicas los domingos, solo en establecimientos registrados

Quito.- El acuerdo interministerial 1470 del  15 de junio de 2010, emitido por los  ministerios  del Interior y Turismo, regula de manera más efectiva la venta de bebidas alcohólicas de cualquier tipo, en establecimientos registrados como turísticos, y determinados en el artículo 5 de la Ley de Turismo.

Xavier Córdova, Viceministro de Seguridad Interna del Ministerio del Interior, explicó que con fecha 11 de junio de 2014, esta regulación fue  modificada con el Acuerdo Interministerial 4425, determinando que los establecimientos registrados y autorizados a funcionar como turísticos, podrán  vender  bebidas alcohólicas los días domingos,  con restricción de horario. En la nueva disposición se incluyen los establecimientos de comida que prestan servicios complementarios en sitios de alojamiento, hasta las 22h00.El acuerdo ministerial en el numeral 3 modifica al acuerdo  anterior, firmado en el 2010.  Precisó el funcionario que esta flexibilización de la norma, permite la venta de bebidas alcohólicas los días domingos.
Con ello, “se respeta las tradiciones gastronómicas de las personas, especialmente en cuanto a las manifestaciones culturales que vinculan alimentos y bebidas. Se exceptúan de la prohibición de expender bebidas alcohólicas los días domingos, a los establecimientos turísticos registrados, conforme lo determina el artículo 1 del  acuerdo y con horario limitado. La resolución se da luego de varias reuniones de coordinación  con el Ministerio de Turismo y las intendencias de Policía de todo el país.
“Lo que buscamos con esto es flexibilizar el acuerdo ministerial de junio 2010 y ampliar  las horas de expendio de bebidas alcohólicas, justamente para que los ciudadanos y los turistas puedan disfrutar dentro de sus horas de comida de nuestra tradición culinaria”, agregó Córdova.

 

Control

 

En cuanto a los controles de los establecimientos, el funcionario manifestó que  todas las intendencias del país  supervisarán  y verificarán que esta normativa se cumpla. Hizo un llamado  a la ciudadanía para que el cumplimiento  no sea  solo por control sino por conciencia  ciudadana para  mantener la paz y la seguridad  y evitar excesos en este aspecto. “Como gobierno hemos flexibilizado  esta  reglamentación que tiene  que ver con el horario de expendio, y esperamos que la ciudadanía coopere”.
“Desde que se aplicó este control en el año 2010, hace 4 años, no hemos tenido mayores inconvenientes aseguro el Viceministro de Seguridad Interna, porque los ecuatorianos  entendieron que esta medida  fue tomada para brindar una real protección a sus habitantes” dijo.
Video:

Mundial

 

Con motivo del inicio de la Copa Mundial de Fútbol que se realiza en Brasil, las entidades turísticas autorizadas podrán expender bebidas alcohólicas, según el horario fijado, solamente cuando sean solicitadas por los clientes para acompañar la comida.
El control de esta regulación y medida estará a cargo del Ministerio de Turismo, en coordinación  con todas las Intendencias Generales y personal policial en todo el país.
Estas entidades detectarán la incorrecta emisión y utilización de los permisos correspondientes y se pondrá en conocimiento del ministerio para su inmediata revocatoria de dicha autorización.

23 JUNIO - ESTABLECIMIENTOS PROHIBIDOS-01

Los horarios de estos sitios se  citan a continuación:

 

Restaurantes hasta las 22 horas                           (10 de la noche)
Cafeterías hasta las 22 horas                                (10 de la noche)
Locales de comida rápida hasta las 22h00           (10 de la noche)
Salas de banquetes entre las                                (10h00 y 16h00)
Centros y Complejos de convenciones entre        (10h00 y 16h00)

Marinas y muelles entre las                                   (10h00 y las 16h00) Infografía:


 

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