Lo buscaban desde hace dos años por atentar contra la seguridad del Estado
Quito.-Personal de la JPICH, junto a miembros de la Policía Judicial procedieron este miércoles a la detención del ciudadano Pablo Andrés C. C, de 28 años de edad. El aprehendido posee una boleta vigente de acuerdo al sistema SIIPNE. Se verificó en la brigada de capturadores de Pichincha, el requerimiento de su presencia en el juicio por Seguridad Interior del Estado, que sigue la Fiscalía de Pichincha en contra del mencionado ciudadano en el Juzgado Décimo de Garantías Penales de Pichincha.
El ciudadano en mención es activista político del Movimiento Unidad Popular (MPD) y posee la boleta de detención que rige desde hace dos años.
Pablo Andrés C. C fue detenido el 3 de marzo de 2012 en Luluncoto, al sur de Quito, junto a otras 9 personas que realizaban actividades que amenazaban la seguridad del Estado. El Operativo se denominó Sol Rojo. en febrero de 2013, un Tribunal de la Corte Nacional de Justicia sentencia a los acusados por el delito de tentativa de terrorismo.
En el juicio por Seguridad Interior de Estado que sigue la Fiscalía en contra de Ana Cristina C.S, Pablo Andrés C.C, Héctor Javier E.P, Luis Santiago G.V, Christian Royce G.R, Jescenia Abigail H.B, Luis Marcelo M.M, Fadua Elizabeth T.J, Víctor Hugo V.P, César Enrique Z.F, se indica lo siguiente: La formulación de cargos se realizó ante el doctor Juan Pablo Hernández Cadena, juez Vigésimo Segundo de Garantías Penales de Pichincha, con la que se ordenó la prisión preventiva de los ciudadanos antes mencionados y se confirmó la orden de arresto domiciliario.
En el delito, que se halla tipificado en el libro 11 del Código Penal, de los delitos en particular, no se individualiza el articulado en audiencia de formulación de cargos, por cuanto la Fiscalía ha manifestado que se encuentra en investigación.
Se confirmó la orden de prisión preventiva en contra de los ciudadanos antes mencionados y se notificó a la Defensoría Pública para que nombren un defensor para los procesados en caso de no tener abogado patrocinador. Lo que da cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución de la República del Ecuador.