Gobierno ecuatoriano reparará a familiares de víctima de violación de Derechos Humanos

La promoción, la defensa y reparación integral de los Derechos Humanos es el pilar sobre el cual se sostienen todas las políticas del Gobierno Nacional y de toda la toda la estructura del Estado.
En este marco, este miércoles 15 de noviembre de 2017, el ministro del Interior, César Navas Vera; la ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, Rossana Alvarado; y el Procurador General del Estado, Diego García Carrión, firmaron un acuerdo de reparación por de la muerte de Jorge Darwin García. En representación de apoderada de las víctimas de violación a Derechos Humanos compareció Esrida María García. El acto que se desarrolló en el Centro Cultural Metropolitano, en el Centro Histórico de Quito.
Rosana Alvarado destacó que la Constitución de 2008 establece un Estado de derechos y justicia. “Es difícil recuperar a un ser querido, pero hay justicia en la memoria y en la reparación que se plasma en la dignificación de los familiares de las víctimas. Gracias a todos por hacer posible reconstruir derechos”, expresó.
El Ministro Navas destacó que se evidencia ante la comunidad nacional e internacional que Ecuador cambió. “Hay un desarrollo importante en el tema de derechos humanos, con una política marcada. Nuestra misión será trabajar para que nunca más suceda en el país un caso similar”, expresó el Ministro.
Nelly García, en representación de la familia García, manifestó que tras 23 años de lucha y gracias al presidente Lenin Moreno, a las autoridades la muerte de su hermano recibe justicia.
Las autoridades se comprometieron a seguir vigilantes de la familia de Jorge Darwin García.
En 2015, la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos – CEDHU, presentó una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en relación a la muerte del García Espinoza y las lesiones a su hermano, así como por las alegadas falencias en la investigación y la demora del proceso penal. En su Informe del caso de 28 de julio de 2015, concluye la responsabilidad del Estado ecuatoriano en perjuicio de Jorge Darwin García Espinoza y sus familiares, y realizó recomendaciones para reparar integralmente a las víctimas reconocidas en el citado informe.
La firma del acuerdo es un acto para reconocer las violaciones de derechos humanas llevadas a cabo por el estado en el año 1993, es la primera vez que el Estado Ecuatoriano reconoce un informe de fondo de la Comisión Inter América de Derechos Humanos.
El Ecuador, a través del Ministerio Interior, realizará una indemnización en favor de los beneficiarios. Dicha Cartera de Estado coordinará, además, los procesos administrativos y civiles para ejercitar el derecho de repetición en contra de los funcionarios y funcionarias que comprometieron la responsabilidad internacional del Estado en el presente caso.
Este hito significa un cambio de la política en resarcimiento a violaciones de derechos humanos cometidas en otras épocas, es un proceso para restaurar el tejido social a través de la reparación integral a las víctimas.
Antecedentes del caso
El 12 de septiembre de 1993, durante un baile popular en la ciuda de Otavalo se produjo un incidente en el que el agente policial de la Unidad de Investigaciones Especiales, Segundo Néstor de la Cruz, presuntamente en estado etílico, disparó con su arma reglamentaria en contra de Jorge Darwin García causándole una herida en la cabeza producto de la cual falleció mientras era trasladado a una casa de salud en Quito. Durante el altercado, el servidor policial también disparó en contra del hermano del fallecido, Franklin Plutarco García, provocándole heridas que lo mantuvieron incapacitado por 10 días.
El 15 de septiembre de 1933 la Comisaría de Policía de Imbabura inició una investigación por la muerte de Jorge Darwin García y las lesiones de Franklin Plutarco García. Posteriormente, el 01 de octubre de 1995, la Policía emitió un informe en donde concluyó que no pudieron establecerse los motivos que originaron “la discusión y enfrentamiento entre los dos bandos”. Indicó que, sin perjuicio de ello no se descarta “la posibilidad de que pudo haber existido alguna represaría contra los miembros de la institución policial, o cuando presumiblemente fueron reconocidos como tales”.
El informe de balística determinó que: “las dos esquirlas de cobre forman parte de unidades de proyectil calibre 38 y que fueron disparadas por el revolver marca Smith Wesson No. J-334461, entregado en dotación al policía Néstor de la Cruz Chicaiza”.
De acuerdo a un dictamen Fiscal ante el Juzgado Tercero Penal de Imbabura-Otavalo, la causa fue remitida al fuero penal ordinario. Ello debido a que se habría establecido que los dos policías imputados, si bien eran miembros activos de la Policía Nacional, se encontraban haciendo uso de sus respectivas licencias al momento de producirse los hechos.
El 9 de noviembre de 1994, la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos – CEDHU, presentó una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en relación a la muerte del señor Jorge Darwin García Espinoza, y las lesiones a su hermano Franklin Plutarco García, así como por las alegadas falencias en la investigación y la demora del proceso penal.
El 3 de septiembre de 1995, el Tribunal Penal de Imbabura declaró a Segundo Néstor de la Cruz Chicaiza como responsable del homicidio de Jorge Darwin García, conforme al artículo 449 del Código Penal. El responsable fue sentenciado a una pena de 6 años de reclusión.