
Trámite orientado al proceso de cooperación en materia de responsabilidad parental y medidas de protección niñas, niños y adolescentes hasta los 18 años, en aplicación de los instrumentos internacionales suscritos y/o ratificados por el Estado ecuatoriano.
¿A quién está dirigido?
Beneficiarios: niñas, niños o adolescentes hasta los 18 años y otros miembros de la familia Usuario: Persona ecuatoriana o extranjera Entidades Gubernamentales: Autoridad Central requirente (País que solicita el proceso de acuerdo al Convenio Suscrito)
Dirigido a: Persona Jurídica – Pública, Persona Natural – Ecuatoriana, Persona Natural – Extranjera.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
1.- Solicitud escrita dirigida al/la Director/a de Reparación Integral y Autoridad Central, la misma debe contener como información mínima lo siguiente:
a.- Nombres completos del solicitante.
b.- Número de Cédula
c.- Dirección domiciliaria
d.- Correo electrónico
e.- Número telefónico
f.- Datos completos del niño, niña o adolescente
g.- Narración detallada de los hechos
h. Detalle específico de la petición
i. Dirección, ubicación presunta del niño, niña o adolescente
2.- Fotografías del niño, niña o adolescente.
Nota: Dependiendo el caso se podría solicitar información adicional.
¿Cómo hago el trámite?
Presencial:
1. Ingresar la solicitud con los requisitos para la aplicación del control parental a favor de niños, niñas y adolescentes en las oficinas de la Dirección de Protección, Reparación Integral y Autoridad Central
2. Revisar con el servidor público la solicitud e información complementaria en caso de requerirlo
3. Recibir respuesta al correo electrónico registrado en la solicitud, conforme al requerimiento y de acuerdo a cada caso.
Correo Electrónico:
1. Remitir por correo electrónico: autoridadcentral@ministeriodegobierno.gob.ec, solicitando el control parental de niñas, niños o adolescentes con los requisitos solicitados
2. Revisar con el servidor público la solicitud e información complementaria en caso de requerirlo
3. Recibir respuesta al correo electrónico registrado en la solicitud, conforme al requerimiento y de acuerdo a cada caso.
Por sistema documental Quipux:
1. Remitir mediante oficio a través del sistema documental Quipux dirigido a el/la Director/a de Protección, Reparación Integral y Autoridad Central, solicitando el control parental de niñas, niños o adolescentes con los requisitos solicitados.
2.-Revisar los requisitos por parte del servidor público. En caso de existir observaciones serán comunicados al correo electrónico registrado en la solicitud para la subsanación de los mismos.
3. Recibir respuesta al requerimiento a través de sistema documental Quipux o al correo registrado.
NOTA: Posterior a la respuesta entregada (diez días hábiles) la Dirección de Protección, Reparación Integral y Autoridad Central realizará los trámites administrativos con las entidades correspondientes, según sea el caso.
Canal de atención
- Correo electrónico
- Presencial
- Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
Resultados del trámite
Asistencia, acompañamiento y seguimiento al proceso solicitado
¿Cuál es el costo del trámite?
No tiene costo
Lugar(es) y horario(s) de atención:
| Provincia | Unidad | Teléfonos | Dirección | Horario |
| Pichincha | Quito | (02) 3955-840 | General Robles E4-32 y Av. Amazonas | lunes a viernes 8:00 a 16:30 |
Atención ciudadana
Nombre de contacto: Daniela Alejandra Pazmiño Guevara
Correo electrónico: autoridadcentral@ministeriodegobierno.gob.ec
Número telefónico de contacto: (02) 3955-840
Revisa también en:
| Base legal del trámite | |||||
| Nombre | Tipo | # Artículo | Descripción del artículo | Registro Oficial | Fecha |
| Constitución de la República del Ecuador | Constitución | Art. 66 numeral 25 | El derecho a acceder a bienes y servicios públicos y privados de calidad, con eficiencia y buen trato, asi como recibir información adecuada y veraz sobre su contenido y características | Suplemento 490 | 13 de julio de 2011 |
| Convenio relativo a la Competencia, la Ley Aplicable, el Reconocimiento, la Ejecución y la Cooperación en materia de Responsabilidad Parental y de Medidas de Protección de los Niños: Utilizado en materia de cooperación internacional | Tratado multilateral | Todos | Establece normas uniformes para la protección de niños en situaciones transfronterizas, determinando la autoridad judicial competente, la ley aplicable y asegurando el reconocimiento y ejecución de las medidas de responsabilidad parental y protección entre los Estados parte. Su objetivo principal es garantizar la protección de los niños y evitar decisiones contradictorias sobre su custodia, crianza y administración de sus bienes en casos internacionales. | 0 | 19 de octubre de 1996 |
| Decreto Ejecutivo Nro. 216 | Decreto | Art. 2, numeral 1, literal e | Representar como Autoridad Central para ejecutar de forma coordinada con las entidades competentes, los convenios internacionales en materia de restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes, que se encuentren en situación de amenaza o vulneración de derechos; y gestionar las estrategias para su cumplimiento, a excepción de adopción internacional. | Segundo Suplemento Nro. 577 | 01 de octubre de 2021 |