Servicio de restitución y régimen de visitas internacionales de niñas, niños y adolescentes
Este servicio es para usted, en caso de:
- Su hijo fue llevado a otro país sin su autorización por uno de los progenitores.
- Su hijo no regresó al Ecuador después de un viaje autorizado.
- El otro padre o una tercera persona mantiene al niño en otro país sin su consentimiento.
¿Qué hace la Autoridad Central?
La Autoridad Central trabaja con las autoridades de otro país para aplicar el Convenio de La Haya de 1980 y coordina el trámite internacional de restitución, además no decide quién tiene la custodia del niño, eso corresponde a los jueces del país competente.
¿Quién puede presentar la solicitud?
- Madre.
- Padre.
- Representante legal.
- Persona que tenga legalmente la custodia.
- Autoridad competente de otro Estado.
¿Qué necesita para iniciar?
No se preocupe si todavía no tiene todos los documentos, lo importante es presentar inicialmente la información disponible.
Generalmente se solicitará:
- Formulario de solicitud.
- Documento de identidad.
- Partida de nacimiento del niño.
- Fotografías recientes.
- Información sobre dónde podría encontrarse el niño.
- Sentencias o acuerdos judiciales, si existen.
¿Cómo iniciar el trámite?
- Descargue el formulario aquí.
- Complete el formulario.
- Adjunte los documentos disponibles.
- Envíe toda la información al correo: autoridadcentral@ministeriodegobierno.gob.ec
¿Qué ocurre después?
- Su solicitud será revisada.
- Si hace falta algún documento, nos comunicaremos con usted.
- Si cumple los requisitos, iniciaremos la coordinación con la Autoridad Central del otro país.
- Durante el proceso le mantendremos informado.
Tiempo aproximado
La duración depende de las autoridades judiciales del otro país. La Autoridad Central tramita las solicitudes con prioridad conforme al Convenio de La Haya.
Preguntas frecuentes
¿Necesito un abogado?
Depende del país donde se encuentre el niño. La Autoridad Central le informará si es necesario.
¿El trámite tiene costo?
La presentación de la solicitud ante la Autoridad Central no tiene costo administrativo. Algunos países pueden generar gastos judiciales o de traducción.
¿Puedo hacer seguimiento?
Sí. Puede escribir al correo institucional para conocer el estado de su solicitud.