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¿Qué es el Tráfico de migrantes?

¿Qué es el Tráfico de migrantes?

De acuerdo al Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire el tráfico de migrantes es la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material.

El Tráfico de Migrantes en el Código Orgánico Integral Penal
Artículo 213.- Tráfico ilícito de migrantes.- La persona que, con el fin de obtener directa o indirectamente beneficio económico u otro de orden material por cualquier medio, promueva, capte, acoja, facilite, induzca, financie, colabore, participe o ayude a la migración ilícita de personas nacionales o extranjeras, desde el territorio del Estado ecuatoriano hacia otros países o viceversa o, facilite su permanencia irregular en el país, siempre que ello no constituya infracción más grave, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años.

Con la misma pena se sancionará a los dueños de los vehículos de transporte aéreo, marítimo o terrestre y a las personas que sean parte de la tripulación o encargadas de la operación y conducción, si se establece su conocimiento y participación en la infracción.

Si el tráfico de migrantes recae sobre niñas, niños o adolescentes o personas en situación de vulnerabilidad, se sancionará con pena privativa de libertad de diez a trece años.

Cuando como producto de la infracción se provoque la muerte de la víctima, se sancionará con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.

Si se determina responsabilidad penal de la persona jurídica será sancionada con la extinción de la misma.

Dentro de esta nueva formulación de la ley para punir el tráfico de migrantes, hay un gran avance respecto a que, anteriormente, solo estaba contemplada la penalización del que transportaba, conocido como “coyotero”. Hoy en día, esta tipificación permite sancionar también a los que sean cómplices de la contravención.


[1] Naciones Unidas, Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, “Protocolo sobre los migrantes”, (apartado a) del artículo 3), 2000.