Permiso de Funcionamiento
El Decreto Ejecutivo Nro. 623 de fecha 21 de diciembre de 2018 señala:
“El Ministerio rector de la seguridad ciudadana, protección interna y orden público, a través de las Intendencias Generales de Policía, otorgará el permiso de funcionamiento de los locales y establecimientos donde se prestan servicios de alojamiento a huéspedes, permanentes o transeúntes, restaurantes, o en general lugares donde se consuman alimentos y/o bebidas alcohólicas, que no estén regulados por la Ley de Turismo y su reglamento.”
IMPORTANTE
Manuales de usuario para la utilización de la plataforma Web en la cual usted podrá tramitar su Permiso de Funcionamiento:
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Videos Tutoriales:
- 1 Obtención de cuenta de usuario para permiso de funcionamiento.
- 2 Registro de establecimiento y obtención del permiso de funcionamiento.
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Más información:
E-mail: permiso.