Autorización de funcionamiento bienal para Centros de Formación y Capacitación del Personal de Vigilancia y Seguridad Privada
NOTICIAS IMPORTANTES
COMUNICADO IMPORTANTE:
Con la facultad establecida en el Decreto Ejecutivo N° 135 de 1 de septiembre de 2017, publicado en el Registro Oficial Suplemento 76 del 11 de los mismos mes y año, el señor Presidente Constitucional de la República expidió las “Normas de Optimización de Austeridad del Gasto Público” que en el artículo 28 dispone, para el caso de la función Ejecutiva que el Ministerio de Gobierno autorizará y establecerá los costos referenciales para la contratación de Empresas de Seguridad Privada. En virtud de lo cual, la máxima autoridad de esta cartera del Estado, emitió el Acuerdo Ministerial 0071 publicado en el Registro Oficial Nº 489 del 16 de mayo de 2019, con el que se aprueba la fijación de Costos Referenciales de Servicio de Seguridad Privada a entidades del sector ejecutivo, mismo que fue reformado con el Acuerdo Ministerial 0094 publicado conforme edición especial Nº 13 del Registro Oficial del jueves 01 de agosto de 2019.
Al efecto, se pone en conocimiento de la ciudadanía, los Acuerdos Ministeriales 0071 y 0094, así como los costos directos e indirectos con los que se establecieron los Costos Referenciales para la contratación de empresas de seguridad privada para la Función Ejecutiva, de acuerdo al servicio de Seguridad Privada, con o sin arma de fuego:
COMUNICADO IMPORTANTE:
De conformidad con el artículo 28 del decreto ejecutivo No. 135, de 01 de septiembre de 2017, la Dirección de Regulación y Control del Servicio de Seguridad Privada, perteneciente a esta Cartera de Estado, emitirá autorización previa para la contratación del servicio de seguridad privada, EXCLUSIVAMENTE para las instituciones públicas que pertenecen a la Función Ejecutiva.
Ha culminado el proceso para el traspaso de competencias del Ministerio del Interior al Instituto Tecnológico Superior de la Policía Nacional, para el desarrollo de los cursos que impartirán los Centros de Formación y Capacitación para el personal de vigilancia y seguridad privada.
SISTEMA INFORMÁTICO DE COMPAÑÍAS DE SEGURIDAD PRIVADA (SICOSEP)
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Permiso de operación anual para las Compañías de Seguridad PrivadaSe recuerda a las compañías de seguridad privada que la emisión del permiso de operación se lo hará en línea a través del Sistema Informático SICOSEP. Vigencia del permiso de Operación El Acuerdo de Permiso de Operación emitido por el Ministerio del Interior tendrá vigencia por un año desde la suscripción del mismo. |
Instructivos y Reglamento DESCARGAS
COMPAÑÍAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA:
- Manual de Usuario para Compañías de Seguridad.
- Requisitos para la Renovación del Permiso de Operación Anual de las Compañías de Vigilancia y Seguridad Privada.
- Requisitos para Permiso de Operación por Primera Vez a las Compañías de Vigilancia y Seguridad Privada.
- Instructivo para la inspección a Compañías de Seguridad Privada.
- Reglamento Blindados 5499.
- Acuerdo Ministerial 3337 MODIFICADO.
- Porcentaje obligatorio de personal capacitado para renovar el Permiso de Operación.
- Memo Capacitación.
- Comunicados Compañías de Vigilancia y Seguridad Privada
- Procedimiento para Actualización de Armamento
CENTROS DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN DEL PERSONAL DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
- Reglamento Centros de Capacitación 5498.
- Malla Curricular para centros de formación y capacitación.
- Centros Capacitación aprobados por el MDI.
- Procedimiento inscripción Guardias Seguridad Privada.
- Programa de Capacitación para los Guardias de Vigilancia y Seguridad Privada.
- Autorización sucursales de Centros de Formación y Capacitación.