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Rifas y Sorteos

Autorización para realizar rifas y sorteos con venta de boletos

Descripción Trámite

Trámite orientado a otorgar la autorización de rifas y sorteos con venta de boletos; presentando la documentación necesaria en las Intendencias Generales de Policía a nivel nacional.

NOTA: Para la provincia de Pichincha, los usuarios pueden acceder al trámite en línea; para las demás provincias, será de manera presencial en cada una de las Gobernaciones a nivel nacional. 

Beneficiarios:

  • Persona Jurídica – Privada
  • Persona Jurídica – Pública
  • Persona Natural – Ecuatoriana
  • Persona Natural – Extranjera

DETALLE DE BENEFICIARIOS

    Organizadores de rifas y/o sorteos
    Empresas organizadores de rifas y/o sorteos
    Instituciones o Empresas Públicas organizadores de rifas y/o sorteos
    Organizadores de rifas y/o sorteos

Requisitos

Requisitos Obligatorios:
Solicitud dirigida al Director/a de Control y Orden Público o Gobernador/a según corresponda; debe contener lo siguiente:
– Nombres y apellidos del usuario externo (Promotor)
– Cédula de ciudadanía
– Domicilio
– Correo electrónico
– Teléfono celular
– Ocupación
– Razón del pedido con los datos de la rifa o sorteo.
– Copia certificada del documento que acredite la existencia legal de la compañía promotora. (En caso de Persona jurídica)
– Copia de constitución de la empresa promotora (En caso de Persona jurídica).
– Copia certificada del nombramiento del representante legal de la compañía promotora. (En caso de Persona jurídica)
– Copias de la cédula de identidad y papeleta de votación (En caso de Persona natural y Persona jurídica del representante legal)
– Título de propiedad legalmente inscritos y certificado del Registrado de la Propiedad del Inmueble materia de la rifa o sorteo (libre de gravamen); constancia de pagos de impuestos a la fecha de presentación; para bienes muebles títulos usuales de propiedad (facturas, título de propiedad, etc.) (En caso de Persona natural y Persona jurídica)
– Copia certificada de la factura de compra del bien o bienes a sortearse. (En caso de Persona natural y Persona jurídica)
– Garantía Bancaria o Hipotecaria que cubra la TOTALIDAD de los bienes a sortearse, la garantía será incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, emitido por una institución financiera, deberá tener una vigencia no menor de 30 días contados a partir de la fecha del sorteo, a favor del Ministerio de Gobierno. (En caso de Persona natural y Persona jurídica)
– Copia del proyecto de contrato, que deberá suscribirse entre la persona promotora del sorteo y la imprenta que imprimirá los boletos o cupones. (En caso de Persona natural y Persona jurídica)
– Copia del proyecto de acción o boleto que se emitirá para la venta, firmada por el promotor responsable deberá constar: valor nominal (en el caso de que sea únicamente de una rifa o sorteo a través de la venta de boletos)
– Copia del contrato suscrito entre la promotora y la empresa de Radio y Televisión u otra cuyos locales se verificarán los sorteos públicos. (En caso de Persona natural y Persona jurídica, de ser el caso)
– Recibos que acrediten haber cancelado las obligaciones con la imprenta y los locales donde se realizarán los sorteos. (En caso de Persona natural y Persona jurídica)
– Declaración ante Notario público indicando su voluntad irrevocable de enajenar los bienes a sortear, indicando el lugar donde se encuentran situados. (En caso de Persona natural y Persona jurídica)
– De realizar el sorteo por bienes televisados exhibición mediante videos por lo menos tres veces antes del sorteo. (En caso de Persona natural y Persona jurídica, de ser el caso)
– Reglamento de rifas o sorteos, señalando: la vigencia, fechas de la rifa o sorteo, cobertura, mecánica de la promoción, lista de premios, lugar de la rifa o sorteo, y demás detalles del sorteo, costo del boleto de ser el caso.
– Comprobante de pago de tasa de recuperación de costos por servicio (Cancelar en la Dirección Financiera del MINISTERIO DE GOBIERNO).

PROCEDIMIENTO

Canales de atención

  • En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web)
  • Presencial

Trámite en línea

https://www.gob.ec/mdg/tramites/emision-autorizacion-realizacion-espectaculos-publicos-0

Procedimiento trámite en línea (Provincia de Pichincha)

La persona (natural o jurídica), previo a ingresar los documentos en Línea, debe cancelar, el valor de 50 dólares por el trámite, en el Banco del Pacífico con el código Bancario N.-5.1 por cada rifa o sorteo y anexar el comprobante de pago.

  1. Ingresar a la plataforma GOB.EC (https://www.gob.ec/mdg/tramites/autorizacion-realizar-rifas-sorteos-venta-boletos), acceder a la opción “ir al trámite en línea”.
  2. Llenar el formulario digital y anexar todos los requisitos indicados.
  3. Recibir la notificación en su correo electrónico por parte del Ministerio de Gobierno como constancia de envío de la solicitud y número de trámite.
  4. Entregar físicamente los requisitos, comprobante de pago y garantía bancaria, en una carpeta a la Subsecretaría de Gobernabilidad, con el número de trámite asignado en el correo electrónico.
  5. Recibir la autorización para realizar la rifa o sorteo.(Anexos cargados en la plataforma GOB.EC) en la Subsecretaría de Gobernabilidad.
  6. Recibir autorización para la realización de la rifa o sorteo con venta de boletos.

PROCEDIMIENTO TRÁMITE PRESENCIAL (Todas las provincias)

  1. La persona (natural o jurídica), previo a ingresar los documentos en la Gobernación de cada una de las provincias o a la Subsecretaría de Gobernabilidad, debe cancelar, el valor de 50 dólares por el trámite, en el Banco del Pacífico con el código Bancario N.-5.1 por cada rifa o sorteo y anexar el comprobante de pago.
  2. Ingresar un oficio con su solicitud, anexando todos los documentos en la Gobernación de cada una de las provincias o a la Subsecretaría de Gobernabilidad.
  3. Recibir notificación a través de correo electrónico por parte de la Subsecretaría de Gobernabilidad, notificando la subsanación de documentos Y/o entrega de la garantía Bancaria.
  4. Una vez ingresada toda la documentación y garantía bancaria, se asignará un número de trámite al usuario.
  5. Una vez procesado el trámite, de existir alguna observación a los requisitos, un funcionario de la Subsecretaría de Gobernabilidad, se comunicará con el usuario (Telefónicamente o correo electrónico), para notificar la validación de requisitos o para que el usuario solvente los mismos.
  6. Recibir la notificación de la autorización de la rifa o sorteo, una vez cumplido con todos los requisitos.

Lugar y horario de atención

Costo

El trámite tiene un costo de USD $ 50 Dólares Americanos 

Atención Ciudadana

Nombre de Contacto

Dirección de Seguimiento en Territorio

rifas.sorteos@ministeriodegobierno.gob.ec

Número telefónico de contacto

(02) 295-5666

Vigencia

Hasta la ejecución de las rifas o sorteos

Resultados del Trámite

Obtener autorización para la rifa o sorteo.

BASE LEGAL DEL TRÁMITE